Ampliación de prisión preventiva oficiosa solo llenaría cárceles con inocentes: Olvera

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Ampliación de prisión preventiva oficiosa solo llenaría cárceles con inocentes: Olvera

Domingo, 09 Diciembre 2018 16:32 Escrito por  Araceli Soto
Ampliación de prisión preventiva oficiosa solo llenaría cárceles con inocentes: Olvera Foto: Agencia MVT

Toluca/Estado de México

Al secundar la preocupación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por la reformar al artículo 19 constitucional aprobada por el Senado de la República, el ombudsperson mexiquense Jorge Olvera García sentenció que la ampliación del catálogo de delitos sujetos a la prisión preventiva oficiosa va en contra del nuevo Sistema Penal Acusatorio, porque puede ser regresiva y no resolverá la problemática de México, además “no se trata de llenar las cárceles de inocentes”, por lo que confió en que se rectifique la decisión.

Puntualizó que el aumento de las hipótesis de la prisión preventiva oficiosa (para delitos de abuso o violencia sexual, uso de programas sociales con fines electorales, robo al transporte de carga, desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, entre otros) no sólo no plantea una solución a la problemática que México enfrenta en materia de seguridad y justicia, “sino que resulta trasgresora de derechos humanos como son la libertad personal, libertad de tránsito, al debido proceso legal, a la seguridad jurídica, a la presunción de inocencia, así como a los principios de excepcionalidad de la prisión preventiva, legalidad y seguridad jurídica y pro persona”.

En entrevista con Digitalmex, el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), explicó que uno de los principios de los derechos humanos es que debe existir progresividad en toda ley, por tanto, se debe tener cuidado de blindar y dar la importancia al derecho de toda persona a la presunción de inocencia.

“Las reformas aprobadas en 2008 y 2009 hablan de la protección a los derechos humanos, así es que por los delitos que señalan, podemos estar ingresando a las prisiones a inocentes, y sobre todo a gente con falta de recursos que no tiene los elementos suficientes para defenderse”, por ello insistió en que debe recuperarse ese sentido del sistema penal acusatorio.

La CNDH señaló que ampliar el catálogo de delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa sería una regresión al sistema inquisitivo, no abonando a la reinserción social, justicia alternativa, ni al principio de presunción de inocencia, elementos indispensables a respetar y desarrollar en la justicia penal acusatoria, postura con la que coincide Olvera García, porque “los estándares internacionales en derechos humanos han establecido que la prisión preventiva debe ser el último recurso y debe prevalecer la presunción de inocencia de toda persona acusada de un delito, la cual debe ser tratada como inocente hasta en tanto no exista un pronunciamiento legal de su culpabilidad”.

Detalló que dichos criterios se establecen en el párrafo segundo del artículo 19 constitucional de la reforma del 18 de junio de 2008 para implementar el nuevo sistema de justicia penal y con la nueva modificación a la legislación, la prisión preventiva oficiosa se contrapone al derecho a la presunción de inocencia y contraviene al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, al enlistar una serie de conductas delictivas por las que oficiosamente debe ordenarse dicha prisión.

Olvera García recalcó que el pronunciamiento de la CNDH se acoge al principio de progresividad del artículo primero de la Carta Magna, derivado de las reformas del 10 de junio de 2011 en materia de derechos humanos, “interpretándose que en el Parámetro de Constitucionalidad no deben añadirse nuevos tipos penales a la denominada cerrada de aplicabilidad excepcional, máxime que la prisión preventiva, sin ser oficiosa, únicamente se admite en el Derecho Internacional de Derechos Humanos de manera excepcional y como último recurso”.

Si bien existe preocupación legislativa ante la criminalidad que se registra, el ombudsperson consideró que las diversas iniciativas de ley presentadas por senadoras y senadores de la república pueden tener la intención de que se aplique un mayor uso de la prisión preventiva por la incidencia de delitos con mayor impacto social, y el objetivo sería evitar la reincidencia o la comisión de nuevos delitos, bajo un contexto en el que la aplicación del derecho penal sea lo más restrictivo posible en aras de desincentivar la comisión de éstos.

No obstante, “trasgredir la excepcionalidad de la prisión preventiva originaría mayor número de personas privadas de su libertad en reclusión en Centros penitenciarios, muchos de ellos en espera de una sentencia, amén de que el amplio uso de la prisión preventiva no abatirá el incremento e impunidad, ni mejorará la seguridad de las personas, así como tampoco disminuirá el hacinamiento carcelario y en contraparte, propiciará violaciones a los derechos humanos y sus principios”, finalizó.

 


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