Propone Infoem tipificar violencia ejercida a través de las tecnologías de la información

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Propone Infoem tipificar violencia ejercida a través de las tecnologías de la información

Domingo, 26 Enero 2020 17:00 Escrito por 
Propone Infoem tipificar violencia ejercida a través de las tecnologías de la información Foto: Especial

Toluca/Estado de México

Es prioritario prevenir, disuadir y sancionar todo acto de violencia digital y sexual, consideró Javier Martínez Cruz, comisionado del Instituto de Información del Estado de México (INFOEM).

El comisionado hizo referencia a la importancia de tipificar la violencia ejercida a través de las tecnologías de la información y la comunicación, sobre todo al sector femenino.

Dijo que la violencia digital tiene consecuencias graves como el aislamiento social y puede incluso tentar contra la integridad de la víctima, quien en múltiples casos termina por consumar un suicidio, lo que hace prioritario prevenir, disuadir y sancionar los casos de violencia digital y sexual.

Martínez Cruz, Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) detalló que los sobrevivientes de violencia digital enfrentan violaciones a sus derechos humanos.

Dijo que sumado a ello, se sufre de abandono del espacio digital, lo que afecta sus entornos offline como escuela, trabajo, familia y relaciones públicas.

Es por ello que hizo énfasis a la importancia de tipificar la violencia ejercida a través de las tecnologías de la información y la comunicación, sobre todo al sector femenino, a fin de brindar medidas que garanticen los derechos de las y los usuarios de Internet en todo el territorio nacional, como lo propone la conocida “Ley Olimpia”.

Recordó que en el Estado de México, quien revele, publique, difunda o exhiba sin consentimiento de la víctima, a través de cualquier tecnología de la información y comunicación, imágenes, audios, textos, grabaciones de voz o contenidos audiovisuales de naturaleza erótico, sexual o pornográfico puede ser sancionado con prisión de 1 a 5 años, además de una multa establecida en el Código Penal de la entidad.

Por último, Martínez Cruz explicó que como órgano garante encargado de la protección de los datos personales, este organismo actúa como ente preventivo para evitar este tipo de violencia digital, además de que como medida disuasiva, garantiza a la ciudadanía el ejercicio sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al uso de su información (Derechos ARCO), además de implementar procedimientos de investigación y verificación que buscan evitar la vulneración de su derecho a la protección de datos personales.


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