Uso seguro de Gas LP
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Publicado en Opinión

Uso seguro de Gas LP

Lunes, 26 Octubre 2026 00:00 Escrito por 
Sin Riesgos Sin Riesgos Hugo Antonio Espinosa

Las interacciones entre personas, maquinaria, sustancias y otros recursos son constantes en los centros laborales. En la industria, la relación humano-máquina, humano-sustancia es cotidiana. Se complejiza cuando la relación se diversifica: humano-máquina-sustancia o humano-máquina-sustancia-humano. Su desarrollo seguro y eficaz depende de muchos factores. Para el caso de uso de Gas LP, la base de estas combinaciones es el cumplimiento de la normatividad y la aplicación de las medidas de seguridad y protección.

Observar las distancias, presiones, especificaciones técnicas y distribución de una instalación de Gas LP, así como los materiales permitidos para la tubería, la ubicación y el montaje de los recipientes es fundamental para una operación segura. Desde ahí surgen vicios ocultos y fallas que propician accidentes y hacen deficitarios los procesos de trabajo. En hoteles y restaurantes son básicas estas consideraciones; en panaderías y tortillerías que proveen el insumo elemental de la alimentación mexicana, también.

El Gas LP es el principal energético con el que trabaja la industria en México. Un eficiente y responsable manejo de esta sustancia garantiza la tranquilidad de todos quienes intervienen en su proceso de explotación. Por su naturaleza inflamable y tóxica por inhalación, su manejo es crítico y debe acatar las restricciones obligatorias establecidas en las normas, como mantenerse alejado del calor, de superficies calientes, chispas, llamas y otras fuentes de ignición.

La principal causa de accidentes y fallas en la operación es la falta de mantenimiento, errónea disposición y uso inadecuado de las instalaciones, así como el mal estado y obsolescencia de los recipientes y dispositivos de entrega. La NOM-004-SEDG-2004 Instalaciones de aprovechamiento de Gas L.P. Diseño y Construcción es la guía imprescindible para su buen uso. La garantía formal y legal para acreditarlo es a través de un Dictamen Técnico (DT) emitido por una Unidad de Verificación mediante el cual se determina el grado de cumplimiento.

La visita de inspección que determina el DT incluye la revisión de la hermeticidad de las tuberías –mediante pruebas de presión–, la adecuada operación de las válvulas, su caducidad, las condiciones del tanque, la señalización y el pintado de la tubería. El DT no puede emitirse con aspectos pendientes, insuficiencias, recomendaciones o enmiendas. Si es emitido, es porque la instalación cumple satisfactoriamente la norma.

El DT confirma que el tanque se encuentra en un lugar abierto y ventilado, lejos de pasillos o áreas confinadas y que garantiza el acceso seguro y permanente para el personal que suministra el combustible y para situaciones de emergencia. Además, consigna la capacidad y la presión del tanque; las características de los elementos de medición, control y seguridad; las características de las tuberías de llenado, de vapor y de servicio; los datos de las tuberías visibles, ocultas o subterráneas; las características de los aparatos de consumo (tipo, gasto y localización) y la ingeniería de sujeción correcta al piso.

Si no existe modificación o incidente en la instalación, el DT tiene una vigencia de 5 años y es obligatorio para todas las instalaciones que suministran Gas LP mediante un tanque estacionario, indistintamente de su capacidad de almacenamiento y tamaño, en comercios, industrias, servicios, instituciones y unidades habitacionales. El DT es requisito inobjetable para la autorización del Programa interno de Protección Civil. Las instalaciones de tipo industrial, Clase D, además del DT, deben implementar un Programa Anual de Mantenimiento Preventivo y Correctivo y una Bitácora de Registro de operación.

Es de mencionar que las empresas proveedoras de Gas LP, a través de pipas, tienen la obligación de solicitar al usuario el DT correspondiente antes de suministrar por primera vez el energético. De no contar con dicho documento, no deberían proporcionarle el servicio; la norma lo impide.

Una mala práctica detectada es la sustitución del DT por un Informe Técnico o Documento de Revisión, emitido por parte de las empresas proveedoras del combustible –muchas veces sin costo–, con la intención de ofrecer contratos de largo aliento a los usuarios y facilitar el trámite ante las oficinas de Protección Civil locales, lo cual es improcedente. El DT es un documento legal y de autoridad técnica –respaldado por una acreditación vigente de perito especializado–; el documento de la gasera es un reporte, un informe interno.

Un DT lo emite una persona física o moral acreditada ante la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA), aprobado por la Secretaría de Energía (SENER) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE); su naturaleza es oficial y técnicamente imparcial y ajena a los intereses de la empresa. El documento de la gasera es una constancia, nota de revisión rápida, realizada por personal operativo de la proveedora de Gas LP.

La decisión es muy importante: revisar y adecuar las instalaciones de gas para cumplir la normatividad y salvaguardar la integridad de las personas, el patrimonio y el medio ambiente es una responsabilidad organizacional, pero también un compromiso ético y social. Esto es Protección Civil. ¡Que su semana sea de éxito!

Hugo Antonio Espinosa
Funcionario, Académico y Asesor en Gestión de Riesgos de Desastre
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