Aprueba #TEPJF que delegados municipales sí reciban salario

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Aprueba #TEPJF que delegados municipales sí reciban salario

Martes, 19 Mayo 2020 16:58 Escrito por 
Aprueba #TEPJF que delegados municipales sí reciban salario Foto: Especial

Toluca/Estado de México

Los magistrados de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidieron por mayoría que las autoridades auxiliares -como es el caso de los delegados- sí podrían percibir una remuneración, aún y cuando los Bandos Municipales refieren que se trata de un cargo honorífico.

El magistrado Alejandro David Avante, leyó el proyecto sentencia del juicio ciudadano 35 de este año, promovido Francisco Peña de Ocoyoacac, contra la sentencia del tribunal electoral local -con fecha 31 de marzo- donde se determinó que no le fijarían un salario en su carácter de delegado municipal, toda vez que el cargo es de auxiliar y honorífico y no está considerado dentro de la estructura municipal, además de que esas acciones son de coadyuvancia y “por lo tanto no está prevista una remuneración económica”.

En este sentido a consideración del magistrado proponente, no se vale competir con unas reglas y pretender otras ya en el cargo, pues además ello representa afectaciones a la hacienda pública municipal.

“Seguramente hubo quienes decidieron participar, pero posiblemente una de las razones por las que muchos ciudadanos no se inscribieron, se debe a que se trataba de un cargo honorífico”.

Dijo que la finalidad no es discutir si tiene o no derechos, sino que se compitió en unas circunstancias y refiere que aunque se dice que hubo omisión porte del ayuntamiento, solo se sujetó a lo que la ley establece.

“El ciudadano defrauda la voluntad popular de los ciudadanos que votaron por él y no puede ser variado, aún y cuando él reconoció las condiciones por medio de las que participó”.

Se cuestionó sobre qué le dirán a los ciudadanos que decidieron no participar en la selección de delegados porque se dio a conocer que se trataba de cargo honorífico, “se trata de una defraudación. Una actitud nociva del propio delegado municipal, quien no conoce el ordenamiento que está obligado a cumplir”.

El magistrado Juan Carlos Silva, habló sobre la elección del delegado municipal respecto de que considera que se le debe cubrir una remuneración y ejemplificó distintos acuerdos de carácter internacional e indicó que al tratarse de un cargo de elección popular, se requiere de brindar condiciones necesarias para ejercerlo.

En tanto que la magistrada Marcela Fernández, dijo que los Derechos Humanos son irrenunciables, inalienables e imprescriptibles.

Indicó que si bien en el bando municipal se establece que es cargo honorífico, no lo es así en la Ley Orgánica Municipal, por lo que el primer ordenamiento podría exceder la ley.

“Es una cuestión de ópticas. Para mi la circunstancia de que los delegados no lleven a cabo acciones ejecutivas, no se les puede negar que sean servidores públicos”.

Negó que se advierta un fraude en cuanto a la forma en la que el delegado participó, pues fue votado para ejercer un cargo de elección popular con las facultades que establece la ley y por el tiempo que se prescribe, en tanto que si en el presupuesto nos se establece posibilidad de que se les pague por sus actividades, no es motivo para negarles su derecho.

Insistió en que se trata de un derecho humano, que no está disponible por nadie y por ninguna disposición legal, “este tipo de situaciones no son obvio es para la prohibición de un derecho humano”.


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