Le da #INE a Juan Zepeda 24 horas para retirar su propaganda

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Le da #INE a Juan Zepeda 24 horas para retirar su propaganda

Jueves, 07 Enero 2021 21:50 Escrito por 
Le da #INE a Juan Zepeda 24 horas para retirar su propaganda Foto: Especial

Estado de México

La junta local del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedentes las medidas cautelares en contra del senador Juan Zepeda y le da 24 horas para que retire toda su propaganda.

En sesión, fue analizado el proyecto de acuerdo, respecto de la solicitud de adoptar medidas cautelares formulada por Elizabeth Rivera Flores, por la difusión de propaganda con uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada del ciudadano Juan Manuel Zepeda Hernández, Senador de la República, derivado de la difusión extemporánea de propaganda o publicidad desplegada con motivo de su segundo informe de labores, dentro del procedimiento especial sancionador INE/JLE/Q/ERF/MEX/PE/007/2021.

A decir de la quejosa, el contenido de dicha publicidad no es informativo y podría constituir uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada del servidor público denunciado, cuya localización corresponde a más de un distrito electoral federal, dentro del municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México.

En la misma fecha y como parte del oficio inicialmente referenciado, se recibió un acta circunstanciada de la verificación de propaganda denunciada en la demarcación territorial del 29 Distrito Electoral Federal.

Asimismo, la quejosa solicitó el dictado de medidas cautelares, a efecto de ordenar el retiro de la propaganda o publicidad denunciada.

Dentro de los escritos presentados por la quejosa, se advierten diversas impresiones de lugares o espacios en los que se aprecia la existencia de bardas pintadas y la colocación de anuncios espectaculares, con la imagen del ciudadano Juan Zepeda Hernández, promocionando su segundo informe de labores, que en su oportunidad fueron verificadas y certificadas por funcionarios de las juntas distritales.

Al final, se advierte que si hay incumplimiento dentro del plazo establecido, se le aplicará la medida de apremio consistente en Amonestación Pública, sin perjuicio de iniciar los procedimientos correspondientes.


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