Medio Ambiente #Edoméx deberá emitir nuevo documento para contingencias ambientales

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Medio Ambiente #Edoméx deberá emitir nuevo documento para contingencias ambientales

Lunes, 21 Febrero 2022 18:48 Escrito por 
La resolución del juicio hace extensivo el llamado al superior  jerárquico de la autoridad responsable La resolución del juicio hace extensivo el llamado al superior jerárquico de la autoridad responsable Foto: Jesús Pérez

Toluca/Estado de México

El Estado de México deberá actualizar el programa de contingencias ambientales de acuerdo a los valores de las Normas Oficiales Mexicanas de calidad del aire, tras la resolución a favor de la organización ambientalista Greenpeace México del recurso promovido ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito.

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La reciente resolución del Juzgado Federal respecto al incumplimiento de dicha sentencia, implica la última oportunidad que tendrá el Secretario de Medio Ambiente de la entidad para corregir el documento, de lo contrario "podría ordenarse su destitución”, señaló Carlos Samayoa, Coordinador de Ciudades Sustentables en Greenpeace México, Carlos Samayoa.

Es decir, el titular de la Secretaría de Medio Ambiente, Jorge Rescala Pérez, deberá ordenar emitir un nuevo acuerdo que regule el Programa para la atención de contingencias ambientales atmosféricas en la Zona Metropolitana del Valle de Toluca y en la Zona Metropolitana de Santiago Tianguistenco, o en su caso, modificar los valores establecidos, tomando como referencia los contemplados en las normas oficiales mexicanas NOM-020-SSA1-2014 de Salud ambiental.

Este valor, precisó la organización, el límite permitido para la concentración de ozono (O3) en el aire ambiental y criterios para su evaluación) y NOM 025- SSA1-2014 de Salud ambiental, así como, los permitidos para la concentración de partículas PM10 y PM2.5 en el aire ambiental y criterios para su evaluación.

La organización ambientalista fue notificada sobre que el recurso de revisión se resolvió a su favor y con fundamento en los artículos 192 y 193 de la Ley de Amparo, se requiere de nueva cuenta a la autoridad responsable, para que dentro del plazo de tres días establecido en el artículo 192 de la Ley de Amparo a partir de este 21 de febrero, cumpla con la sentencia y remita copias certificadas de las constancias que así lo acrediten.

“Las autoridades del Estado de México no han demostrado ningún tipo de avance respecto al cumplimiento de la sentencia que les obligó a hacer más estrictos los límites de contaminantes en el aire que están dañando la salud de miles de personas en el Valle de Toluca y Santiago Tianguistenco”.

De no hacerlo se le impondrá una multa equivalente a 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y se remitirá el expediente al Tribunal Colegiado para seguir el trámite de inejecución que incluso puede culminar con la separación de su puesto y su consignación.

Asimismo, la resolución del juicio hace extensivo el llamado al superior  jerárquico de la autoridad responsable, es decir, al Gobernador del Estado de México, Alfredo del Mazo Maza, para que le ordene dar el cumplimiento a la sentencia de amparo, bajo el conocimiento de que de no demostrar que dio la orden, se hará acreedor a una multa y además de que incurrirá en la misma responsabilidad de la autoridad responsable mencionada.

“El gobernador del Mazo está frente a una oportunidad histórica de mostrar su respeto a la ley, pero sobre todo, a la salud, la vida y los derechos de los mexiquenses”, recalcó Carlos Samayoa.

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