Dirigente del SMSEM pide se escuche a maestros para modificaciones a la Ley del ISSEMyM

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Dirigente del SMSEM pide se escuche a maestros para modificaciones a la Ley del ISSEMyM

Miércoles, 23 Febrero 2022 08:00 Escrito por 
Marco Aurelio Carbajal durante una visita a la Legislatura Mexiquense Marco Aurelio Carbajal durante una visita a la Legislatura Mexiquense Foto: Especial

Toluca/Estado de México

Marco Aurelio Carbajal Leyva, secretario General del Sindicato de Maestros del de México (SMSEM), durante una visita a la Legislatura Mexiquense, abordó el tema de la reforma a la ley del ISSEMYM.

“Acudimos a la Cámara de Diputados, a dialogar con el presidente de la Comisión del Trabajo, Previsión y Seguridad Social, Jesús Isidro Moreno Mercado, quien tuvo a bien escuchar el posicionamiento de el Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México ante las modificaciones al artículo 70 y 133 de la Ley de ISSEMYM, cuyo posicionamiento es de inconformidad, ante una modificación a la ley sin previo conocimiento de los trabajadores”, detallo, en entrevista el Secretario General.

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Destacó que la exigencia es que, antes de cualquier modificación a cualquier ley que afecte, en cualquier sentido, la seguridad de los trabajadores, debe de ser escuchada la voz de los trabajadores a través de sus organizaciones sindicales, particularmente de los maestros del Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México.

"El posicionamiento de los diputados es que habrán de presentar, ante la Comisión del Trabajo y ante el pleno, el sentir de los maestros que dejamos por escrito en manos del presidente de esta importante comisión legislativa".

Leyva Carbajal señaló que el desacuerdo de los maestros se debe a la afectación que genera a los trabajadores activos pensionados y pensionistas a través de la modificación de los artículos 70 y 133 de la ley.

Destacó que las modificaciones al artículo 70 se refieren a el cálculo de la actualización anual de la pensión que reciben pensionados y pensionistas, la cual era calculada considerando el porcentaje logrado por los trabajadores activos de manera anual en el convenio de sueldos y prestaciones.

A partir del mes de febrero su cálculo será considerando el índice nacional de precios al consumidor, que tiene que ver con el concepto de inflación anual.

“No nos confundamos porque ese es finalmente uno de los problemas que tenemos, el manejo de conceptos y el manejo de correcto de la información... el artículo 133 habla del cálculo del monto del seguro por fallecimiento, y fallecimiento de activos, pensionados y pensionistas, la muerte no hace distingos”.

En ese sentido dijo que todos, en caso de ser tocados por el infortunio, salen afectados. El monto era calculado hasta el último día del mes de enero de este año, considerando el monto del salario mínimo, que en los últimos tres años ha visto un crecimiento importante a nivel nacional, y a partir de febrero de este año se calculará tomando las UMAS, que es un concepto nada nuevo para todos, es un concepto acuñado en México aquí en 2016 y que sus orígenes tenían el mismo valor salario mínimo con una UMA; sin embargo, en los últimos tiempos el salario mínimo ha tenido un despegue importante y que de alguna manera para el cálculo, pues sí se ve un poquito rezagado el crecimiento.

Añadió que afecta un poco en la actualización anual del monto de la pensión, y el monto del seguro por fallecimiento irá creciendo, pero no al mismo ritmo, como lo venía haciendo en los últimos años, eso es el de lo que habla el artículo 70 y en el artículo 133 así como sus modificaciones.

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