Congreso mexiquense aprueba hasta 8 años de prisión por violencia vicaria
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Congreso mexiquense aprueba hasta 8 años de prisión por violencia vicaria

Miércoles, 04 Marzo 2026 16:20 Escrito por 
La reforma reconoce esta modalidad de agresión contra mujeres mediante el uso de hijas, hijos o personas cercanas para causar daño, además de permitir la suspensión de la patria potestad en casos comprobados. La reforma reconoce esta modalidad de agresión contra mujeres mediante el uso de hijas, hijos o personas cercanas para causar daño, además de permitir la suspensión de la patria potestad en casos comprobados. Foto: Especial

Toluca/Estado de México

El Congreso del Estado de México aprobó este 4 de marzo la tipificación del delito de violencia vicaria en el Código Penal estatal, conducta que será sancionada con penas de cuatro a ocho años de prisión, además de multas de 500 a mil 500 días y tratamiento psicológico obligatorio para quien la cometa.

Reforma define violencia vicaria como agresión a través de hijas, hijos o personas cercanas

La reforma establece que se considerará violencia vicaria cuando un hombre, ya sea cónyuge, excónyuge, concubinario o expareja, utilice a hijas, hijos, familiares o personas cercanas como medio para provocar daño físico o psicoemocional a una mujer mediante actos u omisiones dirigidos a ejercer control o represalia.

Legisladores respaldan reforma para reconocer esta modalidad de violencia

Durante la discusión legislativa, diputadas y diputados de distintas bancadas expresaron su respaldo a la reforma al señalar que esta modalidad de violencia ha sido identificada por organizaciones civiles y víctimas como un mecanismo recurrente de agresión contra las mujeres, por lo que coincidieron en la necesidad de reconocerla en la legislación penal y establecer sanciones específicas.

violencia vicaria

Diputada señala gravedad de la violencia contra las mujeres 

La diputada de Morena, Zaira Cedillo Silva, sostuvo que las cifras sobre violencia contra las mujeres reflejan la dimensión del problema y la urgencia de avanzar en su reconocimiento jurídico.

“Los datos nos lo demuestran y nos lo recuerdan además con mucha dureza; es en el Estado de México donde ocho de cada diez mujeres a lo largo de su vida han sufrido violencia; en materia de violencia vicaria las mujeres que denuncian son apenas el 16% de las víctimas; muchas enfrentan amenazas, separación de sus hijas e hijos y obstáculos legales impuestos por los agresores”.

Reforma contempla suspensión de patria potestad en casos de violencia vicaria

Con la reforma también se contempla que la convivencia o la patria potestad de menores pueda suspenderse o limitarse cuando se acrediten conductas de violencia vicaria, violencia familiar o castigo corporal, con posibilidad de recuperarse sólo si la persona agresora acredita un proceso reeducativo y valoraciones favorables por parte de las autoridades.

Datos:

¿Qué aprobó el Congreso del Estado de México?
La tipificación del delito de violencia vicaria en el Código Penal estatal, con sanciones específicas para quienes la cometan.

¿Qué es la violencia vicaria?
Es una forma de violencia en la que un hombre utiliza a hijas, hijos, familiares o personas cercanas para causar daño físico o emocional a una mujer.

¿Quiénes pueden cometer este delito según la ley?
Cónyuges, excónyuges, concubinarios o exparejas que utilicen a terceros para ejercer control, represalia o daño contra una mujer.

¿Cuáles serán las sanciones?
De cuatro a ocho años de prisión, multas de 500 a mil 500 días y tratamiento psicológico obligatorio.

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