Conoce las nuevas normas de aforo y horarios en negocios del #Edoméx

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Conoce las nuevas normas de aforo y horarios en negocios del #Edoméx

Domingo, 19 Septiembre 2021 10:20 Escrito por 
Los salones de fiestas deben mantener limitado el aforo al 30% en interiores y 60% en exteriores. Los salones de fiestas deben mantener limitado el aforo al 30% en interiores y 60% en exteriores. Foto: Especial

A partir de este 20 de septiembre podrán aumentar al 70% del aforo con un horario hasta las 21:00 horas de lunes a domingo iglesias, centros comerciales y negocios, además de zoológicos, jardines y parques. Aunque los salones de fiestas deben mantener limitado el aforo al 30% en interiores y 60% en exteriores.

Se incluyen negocios como papelerías, tiendas de ropa, jugueterías, mueblerías, refaccionarias y tiendas de artículos electrónicos.

También están dentro del supuesto otras actividades relacionadas con servicios personales como peluquerías, tintorerías, talleres, locales de reparación de electrodomésticos y mantenimiento en general. Así como, servicios religiosos, plazas comerciales y tiendas departamentales.

Además de los locales o espacios destinados a actividades culturales como auditorios, foros, exposiciones, bibliotecas, museos, cines y teatros, con un aforo del 70% y la última función podrá iniciar a las 00:00 horas.

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Se incluyen los espacios públicos como parques, zoológicos, áreas naturales, gimnasios, balnearios, albercas públicas, baños públicos, vapores, spas, actividades acuáticas y campos deportivos, así como las actividades físicas y recreativas al aire libre.

En cuanto a los eventos deportivos en estadios, podrán tener un aforo del 50%, sin venta de alcohol. En tanto, las unidades económicas que proporcionen el servicio de hospedaje deberán limitar su aforo al 70%.

Los restaurantes y establecimientos de venta de alimentos preparados y bebidas podrán operar en los siguientes términos:

De lunes a domingo hasta las 00:00 horas. A partir de las 00:00 horas podrán continuar prestando el servicio a domicilio o para llevar; con un aforo de 70% de su capacidad en espacios abiertos y cerrados, además se podrá hacer uso de las zonas destinadas para el consumo de tabaco, de conformidad con las normas sanitarias aplicables en la materia, y no se permitirá la música en vivo.

Las salas de sorteos de números, centros de apuestas remotas (casinos), cuentan con un aforo del 60% y hasta las 23:00 horas. En los boliches y billares tendrán aforo del 40% y hasta las 22:00 horas.

Finalmente los salones de eventos particulares, con aforo del 30% en interiores; del 60% en exteriores; la operación hasta las 22:00 horas y sin venta de bebidas alcohólicas. No se permitirá la música en vivo ni la instalación de pistas de baile.

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