Uber, Didi y otros servicios de app de movilidad serán regulados en #Edoméx

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Uber, Didi y otros servicios de app de movilidad serán regulados en #Edoméx

Domingo, 05 Mayo 2024 13:58 Escrito por 
En el artículo 89, se señala que para su operación deberán obtener el Registro de Operación Estatal En el artículo 89, se señala que para su operación deberán obtener el Registro de Operación Estatal Foto: Jesús Pérez

Toluca/Estado de México

Los Uber, DiDi y algunos otros que operan a través de plataformas serán regulados por las secretarías de Finanzas y de Movilidad en el Estado de México, de acuerdo con lo establecido en la nueva Ley de Movilidad.

#Video: #Edoméx: Ley de Movilidad brindará seguridad a usuarios de transporte público

A lo largo de los años han sucedido una serie de homicidios, feminicidios, asaltos y otros delitos a bordo de los taxis, si bien son menos los asuntos a bordo de las unidades pertenecientes a esta modalidad, habrá nuevas medidas que aseguren la vida de usuarios y operadores.

Entre otros aspectos, la nueva ley de movilidad y seguridad vial del Estado de México incluye el empadronamiento y sanciones de los servicios de taxi por aplicación, el reconocimiento legal al servicio de mototaxis y el ordenamiento, además de que se reducirá la edad para que los operadores obtengan licencias de conducir, pasando de los 21 a los 18 años.

En el caso del servicio individual asociado a plataformas centralizadas electrónicas, como se denomina a los taxis por aplicación, son sitios virtuales o aplicaciones móviles, se ofrece en vehículos con capacidad máxima de cinco personas, denominados taxis que no pueden realizar servicio de mensajería o paquetería, y son operados a través de plataformas electrónicas, sitios virtuales, aplicaciones móviles o cualquier medio electrónico de solicitud de servicio o prepago electrónico, incluyendo vehículos eléctricos.

En el artículo 89, se señala que para su operación deberán obtener el Registro de Operación Estatal, emitiendo la constancia respectiva del Ejecutivo del estado por conducto de la Secretaría de Movilidad y deberán de inscribirse en el registro estatal de movilidad, seguridad vial y transporte. El registro tendrá vigencia por el ejercicio fiscal en que se expida, por lo que deberá renovarse durante el primer trimestre de cada año.

La ley prevé que con diversas disposiciones contenidas en la ley, dicho servicio cumpla los requisitos para esa modalidad y haya seguridad tanto para el usuario como para el conductor y el propietario de la unidad.

Datos

En el 2019 en la entidad operaban 44 mil 322 unidades que pertenecían a siete licencias de aplicaciones móviles registradas ante la Secretaría de Finanzas, instancia encargada de regular este tipo de servicio a Uber, Cabify, DiDi, Jetty, TI!M, Urvan, Inter y Saybus.

Hasta la Gaceta de Gobierno del 12 de agosto de 2015, a propuesta de la Secretaría de Movilidad se adicionó al Código Civil un capítulo denominado del Contrato Electrónico de Transporte que definía el transporte privado de personas como una relación contractual entre particulares, a través de una aplicación electrónica.

La Secretaría de Finanzas, entonces, expedía la Licencia de Operación Estatal al prestador de servicios electrónicos, quien entrega el pago del derecho por el estudio necesario para determinar la procedencia, la exhibición del padrón de unidades vehiculares y de proveedores privados de transporte y un dictamen técnico de la aplicación electrónica.

En el Valle de Toluca, hasta el 2015 se concentraba 44% de los autos de alquiler que circulan por todo el territorio mexiquense, que son más de 46 mil permisionarios.

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