¿Vacunas de aire COVID-19, transgreden el Derecho Humano a la verdad?

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Publicado en Opinión

¿Vacunas de aire COVID-19, transgreden el Derecho Humano a la verdad?

Viernes, 09 Abril 2021 00:10 Escrito por 
Dr. Gonzalo Levi Obregón Dr. Gonzalo Levi Obregón Hablando Derecho

Hola amigos espero que se encuentren muy bien, la noticia de las vacunas en contra del COVID-19, lamentablemente fue referente por cuestiones negativas todos vimos que las vacunas en realidad en algunos casos eran de aire. Lo que es indignante no solamente para la persona que se encontraba en ese momento recibiendo “la vacuna”, porque la parte más importante de los derechos humanos se relaciona con la Dignidad Humana, y no tiene relación con la moralidad o la preocupación social, es algo que impacta a una sociedad debido a la transgresión de la verdad.

 

 

Los seres humanos en cuanto a los derechos humanos podríamos decir que son una estampa, radiografía o bien, la descripción de nuestras necesidades así como personalidad, la cual se divide en razón o emociones, lo que conforma la parte en relación a la conducta o justificación de nuestros comportamientos, por lo tanto una persona que no tiene la verdad actúa de una manera diferente a lo que haría al saber la realidad, por ejemplo ¿te formarías para que te aplicaran aire como vacuna de COVID-19 ? las personas que sí lo hicieron, ¿tendrán como razón o justificación buscar la falsa inmunidad para decidir formarse para recibir la inyección?

Por otra parte, se encuentran las emociones que también son un derecho humano, que como sabemos también influyen en el comportamiento de las personas, por lo tanto la interdependencia de los derechos humanos cuando hablamos de emociones así como razón, impacta necesariamente a la Dignidad Humana, debido a que no somos dignos cuando las personas nos comportamos de una determinada manera sin que las razones sean las verdaderas o nuestras emociones sean alteradas por cuestiones, palabras o sucesos que no son reales, con ello, actuamos fuera de nuestro comportamiento habitual, lo que nos convierte en indignos.

Esta Dignidad Humana, se ve transgredida debido a que los sucesos no son ciertos ya que las personas se encontraban formadas para ser vacunados no para otra cosa, pero la idea es plantear la universalidad de un derecho humano que impacta a toda una nación o población como lo es un derecho humano a la verdad, por lo que los discursos planteados alteran la razón así como las emociones, de toda la comunidad debido a que un gobernante tiene como función servir y los gobernados toman decisiones desde ese mensaje emitido. Lo que genera que no se cumpla con la función para lo cual son destinados a cumplir como lo es la protección de las personas.

 

 

El Derecho Humano a la Verdad, es transgredido cuando una persona o autoridad tiene la obligación de proteger o salvaguardar a toda una población debido a su tarea general más aun cuando hablamos de proteger la salud por ende la vida, de las personas. Cuando sucede lo contrario es decir que se excluya ese comportamiento de protección por quien tiene que proteger como una autoridad, transgrede a la sociedad debido a que es un mandato que ésta le otorgo para su protección y cuidado, lo cual hace todo lo contrario engañando a la población. Esta reflexión es una aplicación de la progresividad de los derechos humanos que tienen sustento en el artículo primero constitucional.

Es interesante hacer esta reflexión debido a que podríamos preguntarnos: ¿existen procedimientos, garantías secundarias, o una demanda que pueda proteger, reponer o reparar la transgresión de los derechos humanos?, pero sobre todo el de la verdad que es general, es decir ¿existe un mecanismo que pueda reparar las emociones realizadas por observar que existía una persona que recibía aire para ser “vacunado”?, ¿cuál sería la sanción no para la persona que aplicaba la vacuna, ella solamente es el instrumento, esto tiene que ver con un mandato el cumplimiento de esa obligación por parte de la autoridad. Si usted amigo lector considera que sí hay protección al derecho humano a la verdad, podríamos considerar que existe la efectividad al proteger la dignidad cuando la aplicación de un comportamiento no parte de la realidad o una decisión permite no encontrarla ya que nos hará comportarnos de una manera diferente, pero sobre todo tener un sufrimiento o desequilibrio emocional.

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