Beneficios fiscales a partir del primero de enero

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Beneficios fiscales a partir del primero de enero

Domingo, 31 Diciembre 2017 16:00 Escrito por 
Beneficios fiscales a partir del primero de enero Foto: Agencia MVT

Toluca

A partir de mañana, primero de enero, adultos mayores, jóvenes recién egresados, pensionados, jubilados y viudas, así como contribuyentes cumplidos recibirán distintos beneficios fiscales.

La Ley de Ingresos del Estado de México, aprobada dentro del Paquete Fiscal 2018, contempla subsidio de 100% en el pago del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal a los contribuyentes que generen empleos nuevos en la entidad, para trabajadores de 60 años de edad o mayores, para personas que hayan concluido una carrera terminal, técnica, tecnológica o profesional, en los años 2015, 2016 o 2017.

Asimismo para las empresas que inicien operaciones con su fuente de empleo y domicilio fiscal en el Estado de México.

De igual forma, y a fin de facilitar la adquisición de vivienda digna para todos los habitantes de la entidad, se mantiene el subsidio de 100% en el pago de derechos por servicios prestados por el Instituto de la Función Registral del Estado de México a favor de los beneficiarios de los programas de promoción de vivienda de interés social, social progresiva y popular y de regularización de la tenencia de la tierra, cuyas operaciones sean de hasta 624 mil 562 pesos.

Además de que no se incorporaron nuevos impuestos, se proponen bonificaciones de hasta 34% en el pago del impuesto predial y 38% en el pago de los derechos por servicio de suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado y recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento a pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos, aplicándose únicamente al propietario o poseedor que acredite que habita el inmueble.

De igual forma, habrá bonificaciones al impuesto predial y por derechos de agua potable, drenaje, alcantarillado y recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento, por pago anual anticipado en una sola exhibición, durante los meses de enero, febrero y marzo, de 8, 6 y 4% respectivamente.

También por cumplimiento del pago de predial en los dos últimos años, cuando se efectúe de manera puntual de 8, 6 y 2%!aplicables para los meses de enero, febrero y marzo, respectivamente, y de 4 y 2 por ciento aplicables para los meses de enero y febrero, respectivamente, en el caso de derechos de agua.

Los ayuntamientos podrán otorgar estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta 100 por ciento a favor de propietarios o poseedores de inmuebles, en el monto del impuesto predial a su cargo, por ejercicios anteriores y de los accesorios legales causados, cuando lleven a cabo la regularización de la tenencia de la tierra, así como en el monto del pago, los recargos y la multa del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, cuando se presenten a regularizar sus adeudos.

Asimismo, bonificaciones de hasta 100% a favor de los contribuyentes que adquieran viviendas de tipo social progresiva, de interés social y popular, en el pago del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, respecto del monto de la contribución, los recargos y la multa, así como en el monto de este mismo impuesto en los programas para regularización de vivienda de uso habitacional en los que participe el gobierno mexiquense por conducto del Instituto de la Función Registral y el Colegio de Notarios.

Además, cuando los propietarios o poseedores de predios destinados a actividades agropecuarias, acuícolas y forestales se presenten a regularizar sus adeudos, podrán acceder a estímulos fiscales de hasta 100% en el pago del impuesto predial y de los accesorios legales causados y 50% a favor de propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación, cuando se presenten a regularizar sus adeudos por los ejercicios fiscales 2015 y anteriores.


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