¡Entérate! Estos son los nuevos lineamientos y multas de tránsito en el #Edoméx

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Publicado en Política

¡Entérate! Estos son los nuevos lineamientos y multas de tránsito en el #Edoméx

Viernes, 22 Abril 2022 20:24 Escrito por 
Se mantiene que sólo podrán infraccionar las servidoras públicas mujeres adscritas a la Dirección de Policía de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Se mantiene que sólo podrán infraccionar las servidoras públicas mujeres adscritas a la Dirección de Policía de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Foto: Agencia MVT

Toluca/Estado de México

La Secretaría de Seguridad del Estado de México publicó en la Gaceta de Gobierno los lineamientos para la detención de vehículos, levantamiento y cobro de infracciones de tránsito, por parte de las agentes estatales.

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Este mismo monto aplica si llevas la licencia, pero está vencida.

Las agentes de tránsito levantarán infracciones cuando se trate de vías de jurisdicción estatal, y en aquellas de carácter federal cuya vigilancia y control convengan con la federación.

Se mantiene que sólo podrán infraccionar las servidoras públicas mujeres adscritas a la Dirección de Policía de Tránsito de la Secretaría de Seguridad.

 

Costo de las multas:

Si eres sorprendido conduciendo un vehículo y no cuentas con la licencia para ello o está vencida, serás sancionado con una multa correspondiente a 20 UMA, es decir, $1,924.4 para 2022.

Multa por exceso de velocidad: de 962.20 a mil 924.40 pesos, para los conductores de transporte público de pasajeros y carga pasará de 924.40 a 2 mil 886 pesos.

Multa por invadir los cruces peatonales: de mil 924.40 a 2 mil 886 pesos.

Multa por conducir sin licencia vigente o permiso de circulación: de 962.20 a mil 924.40 pesos.

Multa por insultar o golpear a oficiales de tránsito: de mil 924.40 a 2 mil 886 pesos.

Multa extemporánea: mil 924 pesos.

Multa por no respetar el semáforo: 481.1 pesos.

Multa por no utilizar cinturón de seguridad: 481.1 pesos.

Multa por circular de reversa más de 30 metros: 481.1 pesos.

 

¿Cuándo puede una agente de tránsito retener un vehículo?

El documento establece que un vehículo podrá ir a corralón, cuando no cuente con holograma de verificación vehicular vigente, que sea ostensiblemente contaminante o que circule cuando tenga restricción de carácter ambiental y no le corresponda.

Por circular sin placas, o el documento que justifique la omisión y cuando no coincidan en números y letras con la calcomanía o la tarjeta de circulación, por conducir con licencia o permiso cancelados, vencidos o suspendidos por alguna autoridad competente.

También cuando la licencia o permiso la use una persona que no es el propietario y el vehículo no tenga tarjeta de circulación.

 Por estacionarse en lugar prohibido o en más de una fila y su conductor no esté presente, así como invadir o estacionarse en los carriles derecho de circulación y de contraflujo o confinado para el transporte público, masivo o de alta capacidad.

Por conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas, enervantes o psicotrópicos.

 

¿Qué pasa con automovilistas de otras entidades?

Cuando el vehículo se encuentre matriculado fuera del Estado de México, la Agente podrá retener la tarjeta de circulación, la licencia o la placa de matrícula del vehículo, como medida para garantizar el pago de la multa, cuando no sea posible realizar

el pago inmediato.

Además, deberá remitir el documento retenido a la oficina correspondiente, e informar al infractor de los beneficios por pronto pago, así como el lugar en que podrá recoger el documento o la placa retenida.

 

¿Qué puede hacer una agente de tránsito?

En el capítulo tercero, artículo noveno se establece que las Agentes podrán sancionar cuando los conductores contravengan el Reglamento y procederán en la forma siguiente: Indicarán al conductor que detenga la marcha del vehículo y se estacione donde no obstaculice el tránsito, deben identificarse con credencial vigente expedida por la Secretaría, señalarán el motivo de la detención al conductor y detallarán la infracción que ha cometido, el artículo infringido, así como la sanción a que se hará acreedor.

Deberán solicitar al conductor que muestre su licencia o permiso para conducir vigentes, tarjeta de identificación personal para operadores de transporte público, tarjeta de circulación, y en su caso, permiso de ruta de transporte de carga riesgosa.

Tras la revisión de los documentos y de la situación en la que se encuentra el vehículo, si éstos están en orden, la Agente de Tránsito formulará el documento impreso por la terminal electrónica en el que consten la infracción y la sanción que corresponda.

De no estar en regla, la Agente de Tránsito ejecutará las medidas necesarias para poner al conductor y, en caso de que corresponda, a sus acompañantes o pasajeros y al vehículo de manera inmediata ante el Agente del Ministerio Público correspondiente.

Cuando se trate de infracciones detectadas a través de equipos y sistemas tecnológicos de seguridad pública, el infractor se sujetará a lo dispuesto en el Reglamento y demás disposiciones normativas aplicables en la materia.

 

Beneficios por pronto pago y sanciones por no pagar

En el enlace: https://infracciones.edomex.gob.mx/ la ciudadanía podrá buscar su infracción y realizar el pago en los lugares que el formato le indique, o acudir al Módulo de Infracciones Transparentes ubicado en el CROSA, que le corresponda.

El infractor tiene derecho a 70% de descuento si el pago se realiza el mismo día, el 50% al día siguiente y dentro de los 14 días naturales siguientes.

Tras 16 días naturales posteriores a la infracción, deberá pagar la totalidad de la infracción, así como las multas y recargos que puedan generarse. En de no pagar, no podrá dar de Alta un vehículo en el padrón vehicular, hacer la Baja del padrón, una Cambio de propietario, la Actualización de datos en el padrón vehicular, la Verificación ni la Renovación o reexpedición de licencia.

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