Confirma TEPJF convocatoria del IEEM para juntas distritales y municipales

DigitalMex - Periodismo Confiable

Publicado en Política

Confirma TEPJF convocatoria del IEEM para juntas distritales y municipales

Jueves, 24 Agosto 2017 09:50 Escrito por 
Confirma TEPJF convocatoria del IEEM para juntas distritales y municipales Agencia MVT

La Sala Regional Toluca del (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral mexiquense (TEEM) que calificó legal la convocatoria para integrar las Juntas Distritales y Municipales rumbo al proceso electoral del próximo año.
Los magistrados resolvieron el juicio de revisión constitucional electoral ST-JRC-05/2017, mismo que fue presentado por el partido Acción Nacional (PAN) con el propósito de que se revocara la resolución dictada el 2 de agosto del presente año.
Dicho juicio confirmó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo por el que se aprueban los "Lineamientos para la Designación de Vocales Distritales y Municipales del Proceso Electoral 2017-2018", así como la convocatoria respectiva, aprobados por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
El Pleno de la Sala Regional determinó que el tribunal local resolvió ajustado al marco legal aplicable, pues no es posible que se incluyan mayores requisitos en los lineamientos y en la convocatoria.
A decir de los magistrados, se estarían estableciendo requisitos adicionales a los previstos en el código de la materia para que los ciudadanos puedan participar en los cargos de Vocales, tanto distritales como municipales, para el proceso electoral 2017-2018, por medio del que se renovará no sólo la Presidencia, sino también las alcaldías, y diputados federales y locales.
En esta sesión, también se atendió el medio de impugnación promovido por un habitante del municipio de Ocoyoacac, para impugnar el desechamiento del juicio interpuesto por él mismo, a fin de controvertir los datos asentados en la constancia de residencia expedida a su favor, específicamente el concerniente a la antigüedad.
Los magistrados indicaron que la negativa emitida por el secretario del ayuntamiento de expedirle la constancia de residencia solicitada con la antigüedad requerida por éste, adquiere naturaleza electoral cuando la finalidad para la que se pretende obtener, es el ejercicio de un derecho político-electoral.
Es por ello que revocó la sentencia impugnada, para que el tribunal local emita una resolución de fondo en la que se tomen en cuenta todas las pruebas ofrecidas por el actor para acreditar el tiempo de su residencia en la localidad.


Visto 1507 veces
Valora este artículo
(4 votos)