Conoce cuánto reducirá su salario la Gobernadora Delfina Gómez en 2024

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Conoce cuánto reducirá su salario la Gobernadora Delfina Gómez en 2024

Miércoles, 22 Noviembre 2023 14:31 Escrito por 
El Paquete Fiscal 2024 establece medidas de austeridad para niveles superiores, alineando gastos con principios republicanos. El Paquete Fiscal 2024 establece medidas de austeridad para niveles superiores, alineando gastos con principios republicanos. Foto: Especial

Toluca/Estado de México

Dentro del Paquete Fiscal 2024, que están analizando los diputados mexiquenses, se contempla la reducción de salarios de altos mandos, específicamente del rango 32 al 30-E, en aproximadamente ocho mil pesos, en comparación con lo que ganarán hasta el 2023 la gobernadora Delfina Gómez y su gabinete.

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En el caso del nivel y rango 32, se considera un sueldo base de 96 mil 675 pesos, una gratificación de 63 mil 668 pesos, un sueldo bruto de 148 mil 190 pesos, y reducciones de ISR por 41 mil 159 pesos y de ISSEMYM por 10 mil 069 pesos, lo que resulta en un sueldo neto de 96 mil 961 pesos.

Actualmente, según el tabulador de sueldos y prestaciones estatales, la gobernadora tiene un sueldo base de 95 mil 675 pesos, con una gratificación de 63 mil 668 pesos, totalizando un sueldo bruto de 159 mil 344 pesos. Sin embargo, con deducciones, su sueldo neto es de 104 mil 714 pesos.

En el nivel 31 bis, el sueldo base es de 72 mil 869 pesos, el bruto de 138 mil 326 pesos y el neto de 90 mil 451 pesos.

En la actualidad, el secretario general de Gobierno recibe un sueldo base de 72 mil 869.73 pesos, un sueldo bruto de 148 mil 738.48 pesos y un sueldo neto de 97 mil 714.86 pesos, lo que también implica una reducción de aproximadamente 8 mil pesos.

En el caso del nivel 31, el sueldo base es de 72 mil 869 pesos, el sueldo bruto de 128 mil 730 pesos y el sueldo neto de 84 mil 117 pesos. Mientras tanto, en el nivel 30 bis, los montos son 64 mil 611 pesos como sueldo base, 108 mil 567 como sueldo bruto y 70 mil 650 como sueldo neto.

Para el nivel 30-A, el salario base es de 52 mil 944 pesos; el sueldo bruto de 105 mil 691 pesos y el sueldo neto de 68 mil 679 pesos. En tanto que, en el nivel 30-B, el sueldo base es igual, 52 mil 944 pesos, pero el sueldo bruto es de 98 mil 857 pesos y el sueldo neto de 64 mil 047 pesos. Para el nivel 30-C, el sueldo base también es de 52 mil 945 pesos; el bruto de 95 mil 780 pesos y el neto de 61 mil 955 pesos.

De igual forma, en el nivel y rango 30-D, el sueldo base es de 52 mil 945 pesos; el bruto de 78 mil pesos y el neto de 51 mil 382. En tanto que, en el rango 30-E, el sueldo base es de 52 mil 945 pesos; el bruto de 65 mil 389 pesos y el neto de 43 mil 905 pesos.

En cuanto al tricolor del Paquete Fiscal, se da a conocer que las dependencias y entidades públicas se abstendrán de proponer reestructuraciones administrativas que impliquen gastos adicionales, debiendo operar con los organigramas autorizados. Esto implica que las plazas correspondientes a las personas servidoras públicas superiores y mandos medios de estructura coincidan con lo aprobado en sus respectivos presupuestos, así como con los tabuladores de sueldo y plantillas de plazas de personal, sin que esto afecte su productividad y eficiencia en el ejercicio de sus funciones.

En lo que respecta a los niveles de mayor escala de los mandos superiores, deberán ajustarse a los principios de austeridad republicana y a la política de contención del gasto en servicios personales. Asimismo, deben aplicar los tabuladores de sueldo aprobados, así como lo dispuesto en el acuerdo de compatibilidad de plazas y demás asignaciones autorizadas, evitando añadir otras prestaciones o conceptos para conformar las remuneraciones de los servidores públicos. En el caso de las dependencias y entidades públicas que reciben subsidio federal para el pago de servicios personales, deben atenerse a los tabuladores autorizados por la federación.

Además, no podrán autorizar gratificaciones, estímulos extraordinarios o premios si no cuentan con la suficiencia presupuestal correspondiente. También tendrán que ajustarse a las disposiciones que establezca la Oficialía Mayor en la determinación de las remuneraciones adicionales por jornadas u horas extraordinarias, los estímulos por eficiencia, gratificación en la actuación u otras prestaciones.

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