El 2 de abril concluye el plazo para el pago de Tenencia

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El 2 de abril concluye el plazo para el pago de Tenencia

Viernes, 30 Marzo 2018 04:30 Escrito por 
El 2 de abril concluye el plazo para el pago de Tenencia Foto: Agencia MVT

Toluca

La Secretaría de Finanzas del Estado de México informó que hasta el 20 de marzo de 2018, un millón 177 mil 813 contribuyentes realizaron el pago por concepto de Tenencia.

Ello representa un importe de 3 mil 100 millones de pesos, de los cuales 652 millones corresponden a flujo y 2 mil 448 millones a subsidio.

El 31 de marzo concluye el plazo para obtener el subsidio a la tenencia del 2018 o refrendo en beneficio de propietarios de un vehículo con un valor factura menor a 350 mil pesos sin IVA para autos y por debajo de los 100 mil pesos sin IVA para motocicletas en el Estado de México, de acuerdo a lo establecido por la Secretaría de Finanzas del Estado de México. El 2 de abril concluye el plazo para el pago de Tenencia.

Por concepto de Refrendo, registró ingresos por 899 millones de pesos y, alcanzaron un 42.71% de avance respecto el importe establecido en la Ley de Ingresos del Estado de México 2018, que es de 7 mil 257 millones 263 mil pesos.

En el Estado de México, el Padrón Estatal Vehicular se compone por 7 millones 807 mil 967 vehículos de los cuales: 1 millón 605 mil 671 están al corriente con los pagos de la Tenencia, lo que representa el 20.56% del padrón vehicular.

Además se notificó que 2 millones 720 mil 206 vehículos deben únicamente la tenencia del presente año, lo que representa 34.84% del padrón vehicular, asimismo informó la dependencia que 3 millones 482 mil 111 de automóviles presentan adeudos de más de una tenencia, lo que representa el 44.60% del padrón vehicular.

Al subsidio de la tenencia pueden acceder transportistas concesionarios o permisionarios autorizados por la Secretaría de Movilidad mexiquense, dueños de vehículos automotores destinados al servicio público de transportación, sin importar valor de la factura.

Tambien personas físicas y jurídicas colectivas propietarias de embarcaciones con capacidad de cuatro o más pasajeros que presten servicios turísticos con permiso expedido por las autoridades de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de conformidad con la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

No procederá el otorgamiento del mismo cuando los contribuyentes que por cualquier motivo accedan indebidamente al subsidio en comento, deberán cubrir el impuesto causado con los accesorios respectivos, con independencia de las sanciones las infracciones correspondientes a las disposiciones fiscales en que incurran.

Tampoco cuando el pago de derechos por servicios de control vehicular se efectúe con posterioridad al último día de marzo del 2018 o cuando sea inhábil, si existe alguna irregularidad o falsedad en los datos proporcionados por el solicitante, también si no reúne alguna de las exigencias.

No podrán acceder cuando se trate de vehículos provenientes de otra entidad federativa o si son propiedad de la federación, estado, municipios, organismos descentralizados y autónomos, empresas de participación estatal o fideicomisos públicos.


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