Amparo contra el “Plan B”

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Publicado en Opinión

Amparo contra el “Plan B”

Jueves, 16 Febrero 2023 00:41 Escrito por 
Juan Carlos Núñez Armas Juan Carlos Núñez Armas Palabras al viento

Defender nuestra democracia es también defender a México. El conjunto de reglas democráticas que durante años se han construido por integrantes de varios partidos y de organizaciones ciudadanas, no debe ni puede destruirse con la visión de una sola persona. Mucho menos si consideramos que, cuando era opositor, parecía coincidir con esas reglas y ahora, al ser gobierno, quiere imponer su visión para perpetuarse en el poder, al costo que sea, incluso arrebatando de tajo los avances democráticos, insisto, construidos durante casi tres generaciones.

Como dijera Lorenzo Córdova “hay quien pretende echar a doblar las campanas por la democracia y por el INE, a ellos hay que decirles que guarden las palas porque no son tiempos de entierro. Va a venir una ardua y dura batalla de quienes estamos convencidos de que el sistema electoral que hemos construido, si bien es perfectible, es una conquista de todos y todas que una mayoría tiránica no nos puede arrebatar”.

Justo por eso, he asumido la responsabilidad que me corresponde como ciudadano, en pleno uso de mis derechos, y he presentado un amparo directo que ha sido admitido, según el expediente 82/2023 del 26 de enero pasado y espero la audiencia el 28 de febrero. Si bien ésta es una materia especializada y no soy abogado, trataré de explicar en términos simples, en qué consiste mi juicio de garantías.

En el amparo denuncio al Congreso de los Estados Unidos Mexicanos (Cámara de Diputados y Senado) y al presidente de nuestro país. Lo hago en calidad de ciudadano por la publicación de las reformas y adiciones a diversas leyes, así como la derogación de múltiples disposiciones de la Ley general de comunicación social y la Ley de responsabilidades administrativas.  Recordemos que el 6 de diciembre la Dip. Graciela Sánchez Ortiz presentó la iniciativa y solicitó la dispensa de trámite. Diversos diputados, entre ellos Humberto Aguilar Coronado del PAN y Salomón Chertorivski de MC, presentaron una moción suspensiva a la petición de la Dip. Sánchez Ortiz, a pesar de lo cual, fue aprobada por “urgente y obvia resolución” con 267 votos.  

En la Cámara de Senadores se presentó el paquete de leyes aprobado por los diputados el 8 de diciembre. Cuatro días después las comisiones unidas sesionaron por separado y lo votaron, cada una por su lado, sin mayor discusión ni análisis.  Esta irregularidad la expuso claramente el Senador José Botello del PAN. No obstante, se aprobó por la coalición gobernante.  Fue entonces cuando se atravesó la advertencia de veto presidencial por “la cláusula de la vida eterna” y los diputados modificaron el paquete con cuatro leyes que están en suspenso.  Sin embargo, el día 27 de diciembre fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones correspondientes a Ley general de comunicación social y la Ley de responsabilidades administrativas.

Con las modificaciones publicadas, el Artículo 4, fracción VIII bis de la Ley general de comunicación social, establece que “No constituyen propaganda gubernamental las manifestaciones de personas servidoras públicas que realicen en uso de su libertad de expresión y en ejercicio de sus funciones públicas, así como tampoco constituye propaganda gubernamental, la información de interés público que realicen las personas servidoras públicas…” En mi opinión, esta modificación constituye una simulación que viola los derechos políticos de las/os ciudadanas/os que se basa, según argumentan sus promotores, en la protección del derecho a la libertad de expresión de las personas servidoras públicas.

Esta simulación contraviene el Artículo 134 Constitucional, en su párrafo 8, que claramente establece que “La propaganda… deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”. Es claro que esta disposición no es de materia electoral como se ha insistido y se refiere a todas las personas servidoras públicas y la restricción se aplica en cualquier momento.

Lo cierto es que las libertades son universales, pero ninguna es absoluta. Específicamente en el caso de las personas servidoras públicas cuando atacan la moral, cometen un delito, perturban el orden o la paz pública o afectan la vida privada de otros, deben ser sujetas de sanciones igual que todas/os sus conciudadanos.  Insisto, la libertad de expresión tiene restricciones para todos. Por lo tanto, en los periodos de campaña electoral, se deben restringir la propaganda gubernamental que hagan las personas servidoras públicas.  Además, éstas deben observar los principios de imparcialidad y equidad durante las contiendas electorales. Para explicarme mejor, sin lugar a dudas las mañaneras y cualquier tipo de propaganda similar, tanto en estados como municipios, deben suspenderse inexcusablemente para conservar los principios que he mencionado.

Espero la protección de la justicia por el bien de todas/os las/os ciudadanas/os, que queremos defender nuestros derechos y evitar que el abuso del poder nos atropelle. En mi amparo he demostrado tanto la violación al debido proceso legislativo como al texto de la Constitución de la República y he argumentado cómo pretenden simular una reforma electoral en perjuicio de muchos. Ahora los tribunales tienen la última palabra para hacer justicia. 

*El autor es Maestro en Administración Pública y Política Pública por ITESM y Máster en Comunicación y Marketing Político por la UNIR.

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Juan Carlos Núñez

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