Problemas de fondo no resueltos: abusan de menores

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Problemas de fondo no resueltos: abusan de menores

Miércoles, 28 Febrero 2024 01:30 Escrito por 
Ricardo Joya Ricardo Joya La tribu entera

La población en general desconocemos muchos términos especializados que se emplean en áreas específicas. El lenguaje que usan las personas especialistas en diferentes campos como la medicina, ingeniería, química, física o el derecho -por mencionar algunos- no lo compartimos ni lo manejamos la mayoría de las personas y mucho menos los procedimientos particulares que deben seguir.

Por ello, cuando se escucha a un especialista parece que es necesario tener un diccionario a la mano o un traductor simultáneo para entender-comprender lo que nos quiere explicar. En muchas ocasiones, los lenguajes son tan elaborados que difícilmente quedamos plenamente satisfechos con lo que se nos ha dicho y pueden generar más dudas que certezas.

Naturalmente, las personas especialistas deben emplear el lenguaje y el procedimiento que se establece en su campo profesional; sin embargo, cuando su desempeño -y su manera de comunicar- impactan “negativamente” en alguien en particular, surgen conflictos lingüísticos, los cuales, en muchas ocasiones se transforman en conflictos sociales.

Como lo advierte Miguel Ángel González González en su artículo "Los conflictos del lenguaje. El lenguaje, una Caja de Pandora" (2013): “los diversos conflictos que se suscitan en el hombre, que no siempre acaban en guerras, pero sí desencadenan graves lesiones a la dignidad o conducen al aniquilamiento de vidas en forma selectiva; conflictos nacidos del uso inapropiado del lenguaje, o quizás de una interpretación indebida”.

Eso precisamente es lo que ocurrió luego de que un juez del Poder Judicial del Estado de México dictaminó “la absolución de un presunto abusador sexual de una menor de cuatro años”, y peor aún porque se divulgó un video de la audiencia en la que el juez emitió su sentencia, luego de dos años del proceso judicial que se siguió.

El manejo informativo -que rápidamente se hizo viral y en el ecosistema mediático inundó la gran mayoría de los espacios periodísticos y de redes sociales digitales-, afirmaba -por ejemplo, en NMás- lo siguiente: “Niña víctima de abuso sexual se queda sin justicia porque no supo cuándo y a qué hora fue abusada”. Otro: “Exhiben a juez absolviendo a ‘tío abusador’ de una menor en Edomex”, y así por el estilo, enfatizando que el impartidor de justicia liberó al presunto agresor.

En el video que trascendió, se escucha al juez afirmar. “ante la insuficiencia probatoria, desde luego de justificar el delito de abuso sexual, lo conducente es emitir fallo condenatorio, se emite fallo condenatorio, corrijo [dice el juez] fallo absolutorio al señor Alejandro por insuficiencia para acreditar el delito de abuso sexual”.

Posteriormente, se escucha un diálogo -durante la misma audiencia- que sostiene el juez con la madre de la menor: “Usted vio a mi hija ¿no le creyó?”, pregunta la Mamá. El juez responde: “Por supuesto que le creí en el tema del tocamiento, su hija jamás mencionó el tema del lugar, el día, el horario”. Naturalmente la madre le cuestiona ¿cómo una niña de cuatro años va a saber esos detalles?

Unas horas más tarde, el Poder Judicial mexiquense emitió una tarjeta informativa donde se ofrece el acceso a la sentencia -en el sitio web del propio poder- y se explican algunos argumentos “para comprender adecuadamente el sentido del fallo”, entre los que destacan que: “No existieron medios u órganos de prueba que permitieran reconstruir cada uno de los hechos y circunstancias aseveradas”.

El documento del PJ indica: “De cuatro periciales en materia de psicología, se advierte que únicamente en la primera hace referencia de indicadores psicológicos de víctimas de violencia sexual. Y una meta peritaje [lo que sea que eso signifique] demuestra fallas metodológicas, como la ausencia de pruebas psicométricas adecuadas”, y ofrece un par de argumentos más, lo que pone en evidencia que el Ministerio Público tuvo deficiencias en la integración de las pruebas correspondientes con las cuales decide cualquier juez.

Se aclara que -como lo ratificó el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Ricardo Sodi Cuellar en una breve declaración que circuló en redes sociales- “la sentencia aún no se encuentra firme y puede ser impugnada por las partes, mediante el recurso de apelación ante el Tribunal de Alzada de Tlalnepantla”.

Sin embargo, mediáticamente, tanto el juez como el propio Poder Judicial ya han sido sentenciados en la opinión pública e incluso se provocó un conflicto social mayor, porque la madre de la menor abusada encabezó -junto con colectivas feministas- un bloqueo en el periférico que afectó a miles de personas más.

Los hechos son que una menor fue abusada, el juez afirmó que le creyó a la niña, el Ministerio Público no sustentó adecuadamente la imputación y el presunto abusador ya fue absuelto.

Ahí uno de los enormes desafíos que tienen muchas instituciones públicas para crear, acrecentar y mantener la confianza de la sociedad y todo porque no se hace un esfuerzo proactivo por explicar los procedimientos que se siguen y por divulgar -permanentemente- lo especializado que es su trabajo, porque finalmente a los impartidores de justicia les corresponde aplicar la ley con los elementos que aporta una Fiscalía, aunque no todos comprendemos su manera de razonar.

“Una de las grandes acometidas humanas es la búsqueda de la verdad, es posible que por buscar verdades se hayan generado más guerras que por buscar reales soluciones a los problemas sociales” (González, 2013) y aquí el problema social de fondo es que sigue habiendo menores de edad que son víctimas abuso.


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Ricardo Joya

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