Administrar una emergencia

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Publicado en Opinión

Administrar una emergencia

Lunes, 08 Abril 2024 00:01 Escrito por 
Hugo Antonio Espinosa Hugo Antonio Espinosa Sin riesgos

¿Cómo gestionar el caos, lo inesperado y lo que nadie desea? Una emergencia o desastre implica una secuencia de adversidades en las que pocos piensan y que nadie quisiera vivir. Sin embargo, cuando ocurren, alguien se tiene que hacer cargo de ellas y solucionarlas, mitigar los riesgos generados por el fenómeno y restablecer el orden, los servicios y la línea vital que prevalecía antes del impacto de la calamidad; ayudar a los afectados y propiciar condiciones para el restablecimiento de la normalidad.

Ese alguien es el Comandante del Incidente (CI); una persona responsable de organizar las acciones de respuesta y auxilio ante un evento adverso, con capacidad técnica y resolutiva que administre la oportuna y eficiente ayuda a la comunidad afectada (personas, bienes y el entorno), en el menor tiempo posible. A este funcionario le corresponde la elaboración del Plan de Acción del Incidente (PAI), el cual consiste en la “expresión escrita de los objetivos, estrategias operacionales, tácticas, recursos y estructura organizacional durante un periodo operacional para controlar un incidente, evento u operativo”, así lo indica el Numeral 3.44 de la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSPC-2019, que establece los requisitos básicos para la implementación del Sistema de Comando de Incidentes, publicada el 11 de marzo de 2024, en el Diario Oficial de la Federación.

El aspecto más importante de la publicación de la norma es de carácter conceptual y metodológico, ya que obliga a todas las corporaciones de atención de emergencias a implementar el mismo modelo de gestión en todo el territorio nacional, mediante la homologación de conceptos, la regulación de criterios y prioridades bajo una sola directriz y único mando, dentro de un sistema que considera “instalaciones, equipamiento, personal, procedimientos, protocolos y comunicaciones” que funcionen a través de una estructura organizacional común, que ejecute los recursos asignados, para el logro de objetivos operacionales (Numeral 3.61) de control o extinción de la emergencia.

Cuando las características y condiciones son muy complejas y requiere una toma de decisiones multidisciplinaria o mediante un enfoque amplio o de contraste, la NOM-010-SSPC-2019, que establece los requisitos…, permite la constitución de un Comando Unificado (CU), en el cual participan “varios entes con capacidades técnicas, experiencias, conocimientos, habilidades y destrezas”, de acuerdo con el Numeral 3.8, para definir de manera colegiada el PAI, los periodos de intervención y las consideraciones legales, jurisdiccionales y de coordinación para atender el incidente.

En el marco del Sistema de Comando de Incidentes (SCI), el mando tiene como obligaciones imprescindibles mitigar riesgos que pongan en peligro al personal que atiende la emergencia y a la población expuesta; establecer coordinación entre las dependencias de los sectores público, privado y social que participen en las operaciones; el uso adecuado y eficiente de los recursos; establecer procedimientos generales; exhibir a las autoridades correspondientes la información que la citada norma le obligue a elaborar o poseer.

Como toda innovación normativa y establecimiento de un nuevo paradigma, su proceso de difusión, implementación, asimilación, ejecución y mejora requerirá de alguno años para cumplir su ciclo, sin embargo es un gran paso en beneficio de las personas que sufren de un hecho desafortunado que les puede cambiar la vida o acabar con ella. Esto es también protección civil. ¡Que su semana sea de éxito!

Hugo Antonio Espinosa Ramírez

Funcionario, Académico y Asesor en Gestión de Riesgos de Desastre

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