Las empresas tecnológicas pretenden eliminar el marco regulatorio laboral final
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Las empresas tecnológicas pretenden eliminar el marco regulatorio laboral final

Martes, 23 Septiembre 2025 00:05 Escrito por 
Tumba Burros Digital Tumba Burros Digital Luis Escobar Ramos

Continuando con este importante asunto, debo apuntar que, así como les he narrado los acontecimientos que se dieron a fines del año pasado y en la primera mitad del presente, en las últimas semanas el tema se ha puesto nuevamente en la palestra, alcanzando altos niveles de debate y controversia; teniendo como uno de los objetivos poner en perspectiva las posibles implicaciones para los trabajadores estadounidenses, la postura de los empleadores, la posición que asumiría el gobierno del Presidente Trump, el legislativo, los partidos Demócrata y Republicano y la propia sociedad norteamericana.

De igual forma; los daños colaterales que podrían darse en el ámbito mundial; ya que no podemos dejar de lado que, muchas empresas de Estados Unidos son trasnacionales y seguramente buscarían que los cambios en las prácticas regulatorias de su país permearan hacia donde tienen presencia.

Ya en el entorno de los acuerdos comerciales en los que participan nuestros vecinos del norte es altamente probable que, se pretendan replicar dichas regulaciones y es ahí en donde potencialmente podríamos vernos aún más afectados.

Comento lo anterior; debido a que, el pasado 19 de agosto, en seguimiento a todo el proceso que narré en la entrega anterior, el Quinto Circuito de Apelaciones de los Estados Unidos con asiento en Nueva Orleans, Estado de Luisiana, declaró la inconstitucionalidad del Acta Nacional de Relaciones Laborales, conocida como NLRA por sus siglas en inglés; documento que representa el bastión histórico para el ejercicio del derecho de libre asociación y contratación colectiva de los trabajadores estadounidenses; es decir, el máximo respaldo con que cuentan para poder organizarse en sindicatos como instrumento de lucha, reivindicación y conquista de nuevos derechos y beneficios.

Estos hechos son trascendentes; debido a que hoy día, derivado del vertiginoso proceso de evolución tecnológica que está generando un nuevo paradigma; cuyas huellas no sólo quedan en la tecnología misma; sino que impactan las relaciones de trabajo; el hecho de que sean empresas de la tecnología e innovación, de la economía digital quienes están encabezando e impulsando los cambios en la regulación, las organizaciones de trabajadores y la clase obrera que se encuentra en las relaciones individuales de trabajo deben captar los riesgos que esto conlleva.

Deben percibir que el recambio provocado por la Cuarta Revolución Industrial ha eliminado derechos y beneficios importantes; que sumado a que los trabajadores están en una curva de reconfiguración para, mediante el diálogo social conformar el nuevo marco laboral digital que les permita insertarse en los empleos, con acuerdos y contratos claros que posibiliten una relación más simétrica; pues el panorama se vuelve aún más complejo; ya que ahora no será solamente continuar trabajando en la conformación del nuevo entramado laboral digital; sino meterse nuevamente a la lucha por la defensa de derechos adquiridos.

Ahora bien; en términos simples la decisión del Quinto Circuito representa que, respalda la postura de SpaceX y por lo tanto declara inconstitucional la estructura de la Junta Nacional de Relaciones Laborales y sus jueces administrativos; prohibiéndole este tribunal realizar sus tareas en el área de influencia del Circuito, que abarca los Estados de Texas, Luisiana y Misisipi; siendo lo delicado que, tal tendencia podría extenderse a más estados de la Unión Americana.

En lo que corresponde a lo establecido en el Tratado comercial México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC), es necesario realizar un minucioso análisis que permita el diseño de una táctica y estrategia puntual y digo lo anterior; debido a que en éste se encuentran estipulados en el Capítulo 23 y los Anexos 31-A y 31-B compromisos laborales mediante la figura conocida como Mecanismos Laborales de Respuesta Rápida (MLRR), que no son otra cosa que un procedimiento de resolución de controversias comerciales avocado a asegurar el cumplimiento de los derechos laborales, de libertad de asociación y de negociación colectiva de los trabajadores mexicanos en instalaciones específicas.

Los acontecimientos de las últimas semanas en los Estados Unidos representan un tema paradójico; ya que mientras en el país del norte los derechos de libertad de asociación y negociación colectiva están sufriendo retrocesos sustanciales; en el ámbito del T-MEC se exige el cumplimiento cabal de la ley, con lo cual estamos completamente de acuerdo en que se continúe requiriendo; no obstante, considero que estamos en el momento adecuado para en el espacio de la revisión del Tratado, plantear que dicho mecanismo laboral de resolución de controversias sea exigible a todos los países involucrados, como debió ser desde un principio.

Asimismo; estoy seguro, que estamos ante la gran oportunidad de que las organizaciones de trabajadores mexicanas, estadounidenses y canadienses realicen un trabajo conjunto que contemple una estrategia conjunta de acción sindical con énfasis en la defensa de los derechos adquiridos; rechazar la anulación de la ley y establecer un frente común en contra de las pretensiones y voracidad de las empresas tecnológicas que buscan echar por tierra las legislaciones para continuar aumentando sus márgenes de utilidad.

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Luis Escobar Ramos

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