Director de Obras de Villa Guerrero deberá proporcionar información a síndico 

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Director de Obras de Villa Guerrero deberá proporcionar información a síndico 

Viernes, 29 Julio 2022 14:10 Escrito por 
La Sala Regional del Tribunal Electoral mexiquense resolvió desestimar convalidar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México. La Sala Regional del Tribunal Electoral mexiquense resolvió desestimar convalidar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México. Foto: Especial

Toluca/Estado de México

La Sala Regional del Tribunal Electoral mexiquense resolvió desestimar convalidar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) y ordenó al Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano del Municipio de Villa Guerrero que en 15 días hábiles proporcione la información que le fue solicitada.

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Ello porque, como se expuso en la sesión, opuestamente a lo aducido por el actor, una síndica municipal en el ejercicio de su derecho político electoral de ser votada en la vertiente de ejercicio del cargo, desde su solicitud de información y en la demanda primigenia, se ostentó como funcionaria del ayuntamiento.

En su solicitud, precisó que la información requerida era a fin de procurar defender los derechos inherentes al municipio.

En otro juicio ciudadano, los integrantes de la Sala Regional confirmaron la sentencia del Tribunal Electoral mexiquense que sobreseyó la impugnación en la que se cuestionaba la convocatoria para designar a las representaciones indígenas en el ayuntamiento de Ocoyoacac.

Es así como confirmó el dictamen que declaró improcedente el registro del actor como representante indígena ante dicho órgano edilicio.

El enjuiciante reconoció conocer lo que implicaba el llamamiento en cuanto a los requisitos para el registro, a grado tal que afirmó haber entregado la documentación atinente.

Su insistencia acerca de que se trataba de un acto de tracto sucesivo y susceptible de ser impugnado, no tornó en irregular la resolución del tribunal local.

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