Toluca/Estado de México
Reforma publicada en la Gaceta del Gobierno
El Gobierno de la Maestra Delfina Gómez Álvarez publicó en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno la reforma al artículo 269 Bis del Código Penal estatal, un paso firme para erradicar el acoso sexual mediante la promoción de la denuncia, la garantía de atención y el endurecimiento de sanciones.

Con el Decreto Número 216, el Estado de México se suma al Pacto Xicoténcatl para homologar leyes de protección a mujeres en el país impulsado por la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo. El objetivo es eliminar vacíos legales, aumentar la protección y asegurar procesos penales con enfoque de derechos humanos.
Puntos principales de la reforma

- Se considera acoso sexual cualquier conducta de naturaleza sexual no consentida, dirigida a una persona de cualquier sexo, que lesione su dignidad; un solo acto basta para denunciar.
- La conducta también será sancionada si ocurre en espacios públicos, instalaciones o transporte de pasajeros, ampliando la protección en calles, mercados, terminales y movilidad.
- Si el acoso se realiza de forma reiterada o aprovechando circunstancias de desventaja, indefensión o riesgo para la víctima, la pena aumentará en una mitad.
- Las personas servidoras públicas de instituciones policiales, de procuración o administración de justicia que se nieguen a recibir una denuncia o persuadan a la víctima para no presentarla enfrentarán de dos a seis años de prisión, multa de 200 a 500 días, destitución e inhabilitación.
- La aplicación del delito deberá considerar la perspectiva de género y los contextos de vulnerabilidad de la víctima.
Compromiso con la protección a las mujeres
Con esta modificación jurídica, la Mandataria estatal posiciona al Estado de México como una de las primeras entidades en ajustar su marco legal para fortalecer la persecución del acoso sexual y evitar la revictimización durante la denuncia, reafirmando el compromiso con la vida libre de violencia y el acceso a la justicia para las mexiquenses.

Datos
¿Qué cambia con la reforma al artículo 269 Bis en el Edoméx?
Se amplían las definiciones de acoso sexual, se endurecen sanciones y se sanciona a servidores públicos que obstaculicen denuncias.
¿Un solo acto de acoso sexual es suficiente para denunciar?
Sí. La reforma establece que basta un solo acto no consentido para iniciar una denuncia.
¿La reforma aplica al transporte público y espacios públicos?
Sí. Incluye calles, mercados, terminales y cualquier transporte de pasajeros.

