¿Conoces la Ley Suprema de toda la Unión?

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¿Conoces la Ley Suprema de toda la Unión?

Viernes, 06 Marzo 2020 00:10 Escrito por 
¿Conoces la Ley Suprema de toda la Unión? Hablando Derecho

Lo más seguro que pienses que estamos hablando de la Constitución, o los tratados internacionales o las leyes del congreso de la Unión, pero en realidad no es solamente una de ellas, tiene que ver con todas las normas jurídicas mencionadas, ya que juntas conforman un sistema jurídico normativo, que en lo más esencial tienen principios, en todo su contenido, por ello, es importante mencionar que las normas jurídicas tienen un sentido, y ese sentido esta dirigido al cumplimiento del bienestar del hombre.

¿Cuál sería la importancia de identificar la Ley Suprema de toda la Unión?, si ya existe la Constitución, que prevé el control de todos los actos de nuestro Estado, pero últimamente la Constitución ha sido abanderada, con figuras como la extinción de domino, prisión preventiva oficiosa, destitución con indemnización a los policías, aun y cuando acrediten la legalidad de su actuación, en estos casos nos encontramos que la Constitución, nuestra norma fundamental se ve superada por los conflictos actuales, y discursos políticos.

El problema es que nos tenemos que esperar a que el legislador considere modificar un precepto constitucional, o reconocer un derecho, y no quiere decir que no lo haga el legislador, me refiero a que tarda mucho como mecanismo de actualización a nuestra norma jurídica, por eso, pensamos que es más fácil trabajar con la norma jurídica que ya existe que pretender esperar a que se ponga su regulación jurídica a modo, de tal forma que nos beneficie de manera clara, pero eso lamentablemente no sucederá.

Por eso es importante darnos cuenta que el viejo esquema de supremacía constitucional ahora en realidad es superado por la interpretación actual bajo las necesidades de las personas no sólo de proteger sus derechos, sino también toda una sociedad o bien común, para lo que fue creada la Ciencia Jurídica, y es para beneficiar a todo el grupo social, no solamente a un sector o poner límites constitucionales, por lo tanto, si nos damos cuenta que en la Constitución se regulan, no las restricciones que podríamos superar a los derechos humanos en su aplicación, esto va más allá, se regulan las transgresiones a los derechos humanos en la propia constitución.

Por ello, si existe transgresión a los derechos humanos es momento de reinterpretar el artículo 133 constitucional, cuando hablamos de la Ley Suprema de toda la Unión, nos encontramos con Constitución, tratados internacionales, y las leyes que emanan del Congreso de la Unión, tal como lo establece el artículo del que estamos hablando:

Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas.

Lo que da la posibilidad de crear un pensamiento científico nuevo y que resolvería muchos problemas, el cual es considerar a la ley Suprema de toda la Unión, como un verdadero control del sistema normativo, y no sujetarlo a la Constitución que ha sido manipulada y modificado su esencia de protección y regulación, ahora va más relacionada a regular límites, en este contexto es del que hablamos, la posibilidad de sistematizar las normas jurídicas, que en su contenido tienen principios, de tal forma, que los sistemas se encuentran agrupados por los principios de manera horizontal.

Ahora los principios ya no colisionan entre sí, ahora los que tienen problemas de aplicación son todas las demás normas jurídicas entre sí, todas aquellas que regulen alguna disposición que no tenga sentido o razón, incluso, que vaya en contra de todo el sistema de principios, desde este contexto, es más fácil hacer operable a la Ciencia Jurídica no limitándola a una sola autoridad sino, a todas las personas, que se encuentren interesadas con la petición de un derecho y falte su regulación.

Los principios no pueden colisionar porque ya son conocimientos probados, su cambio llevaría a un repensar científico, totalmente diferente a lo que ya sabemos, que existe, ahora tenemos la posibilidad que como gobernados podamos exigir el cumplimiento de nuestros derechos pero más aun, el cumplimiento por parte de la autoridad su función, o sus facultades para las cuales fueron otorgadas, da la posibilidad que si algún día manipulan a la Constitución, y tiene como consecuencia regular una transgresión, en vez de una restricción, mediante la sistematicidad de principios, que emanan de la Ley Suprema de toda la Unión, se pueda corregir permitiendo que los principios suplan a la propia Constitución.

* Doctor en Derecho por la UNAM, con Mención Honorifica, y Posdoctorado en la Universidad Autónoma de Querétaro, profesor de Derecho Constitucional y Argumentación Jurídica en el Posgrado en Derecho de la UNAM, investigador en materia de derechos humanos, Twitter: @obregon_levi.

 


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