Candidatura común y coalición rumbo a la Gubernatura Mexiquense

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Candidatura común y coalición rumbo a la Gubernatura Mexiquense

Viernes, 27 Enero 2023 02:40 Escrito por 
Raymundo Guzmán Corroviñas Raymundo Guzmán Corroviñas Asuntos públicos

El proceso electoral para elegir la Gubernatura Mexiquense dio inicio el 4 de enero de 2023, con ello el Instituto Electoral del Estado de México comenzó la etapa de preparación de la elección con la designación de vocalías y consejerías en los 45 distritos locales en que se divide el territorio.

Durante estas semanas, los partidos políticos definieron la manera en que participarán en la elección, es decir, si se asociaban con otros partidos políticos, o bien, participaban de manera individual.

Los primeros en manifestar formalmente la manera en que participarían fueron los partidos políticos Morena, Partido del Trabajo y Partido Verde Ecologista de México, quienes registraron un convenio de candidatura común. Por su parte los partidos políticos nacionales Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y el partido político local Nueva Alianza, registraron un convenio de coalición. El partido Movimiento Ciudadano participará de manera individual en la contienda a gobernador.

Muchos de mis lectores me han preguntado cuales son las principales similitudes y diferencias entre la candidatura común y la coalición electoral, sobre todo por el ruido generado por algunos actores políticos.

La candidatura común y la coalición se establecen mediante convenios de participación conjunta de distintas fuerzas políticas cuyo objetivo principal es postular a una misma persona como candidata al cargo de elección popular en disputa. En la coalición cada fuerza política aparece en la boleta electoral de manera individual y el ciudadano puede identificar con claridad por que partido político votará, sumando todos los votos (individuales o en conjunto) a una misma candidatura. Por el contrario, en la candidatura común se identifican los partidos políticos con un logotipo en común, de manera que no se presentan al elector de manera individual sino conjunta, es decir, ocuparán un solo recuadro en la boleta.

Para mejor ejemplificación, los mexiquenses que acudan a votar podrán visualizar en su boleta electoral:

  • Un logotipo en común de los partidos Morena-PVEM-PT (en un solo recuadro).
  • De manera separada (en cuatro recuadros), aunque con la misma candidatura a los partidos: PRI-PAN-PRD-NA.
  • Al partido Movimiento Ciudadano en un recuadro.
  • Las candidaturas independientes que, en su caso, resulten procedentes.

Una de las principales diferencias entre la coalición y la candidatura común es que mientras en la primera, se vota por el partido o partidos políticos de manera individual (marcando el recuadro de un partido) o conjunta (marcando dos o más recuadros de los partidos políticos coaligados), en el caso de la candidatura común se vota por el logotipo conformado por los distintos partidos, por lo que el total de los votos que obtienen se distribuyen mediante convenio que asigna a cada fuerza política el porcentaje de la votación que éstos hayan acordado.

Las coaliciones son reguladas en la ley general de instituciones y procedimientos electorales, mientras que las candidaturas comunes se regulan en la Constitución del Estado libre y soberano de México y en el Código Electoral de la entidad.

El PRI, Nueva Alianza y el PRD fueron los principales impulsores de las candidaturas comunes en la LIX legislatura mexiquense de la cual formé parte, el motivo de su malestar es que -a su decir- la distribución de la votación mediante convenio de candidatura común es ilegal. Al respecto es importante precisar que la  reforma electoral local de 2016 fue impugnada mediante acción de inconstitucionalidad por diversos partidos políticos nacionales en el mismo año y  resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual confirmó su constitucionalidad, ya que los estados cuentan con la autonomía y libertad para regular formas de asociación electoral -como las candidaturas comunes- distintas a la que se regula a nivel nacional -coalición-.

Nos guste o no, las candidaturas comunes son una figura jurídica válida en el Estado de México para que las fuerzas políticas se asocien y postulen candidaturas en común.

Los partidos políticos y los órganos electorales ya se están preparando para la elección de la gubernatura ¿y tú?

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Raymundo Guzmán Corroviñas

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