Para que exista fuego se necesitan tres elementos: calor, combustible, oxígeno y una reacción en cadena. El fuego, en su fase inicial, se denomina conato o fuego incipiente. Éste se puede extinguir sencillamente con un extintor portátil, cuyo contenido, al ser rociado sobre la base del fuego, interrumpe la reacción química denominada combustión y lo extingue casi de inmediato, siempre y cuando el conato no se haya convertido en incendio, es decir, en un proceso de fuego que se propaga de forma descontrolada y que el contenido de un extintor no es suficiente para detenerlo, volviéndose muy peligroso.
Un conato de fuego es un incidente que puede ocurrir en cualquier lugar donde existan condiciones para que un material combustible, una fuente de calor y el oxígeno del ambiente detonen una reacción en cadena. La temperatura es fundamental para que esto suceda, y las características del material combustible —a mayor temperatura y susceptibilidad del material (punto de inflamabilidad para algunos materiales)— incrementan la posibilidad de ignición o presencia de flama. En consecuencia, si no se atiende, ese incidente se puede convertir en emergencia de un instante a otro.
Si un conato de incendio se presenta en la zona de contenedores de basura dentro de un colegio, provocado por la tendencia piromaníaca de un alumno al que se le hizo fácil vaciar una sustancia inflamable sobre alguno de los recipientes colmados de basura (material combustible) y arrojar una cerilla encendida (fuente de calor), el contenido comenzará a arder en forma de conato. Si éste no es extinguido inmediatamente mediante el uso de un extintor o algún otro método improvisado, se puede convertir en un incendio.
Si en una empresa o negocio, por falta de mantenimiento o sobrecalentamiento de las instalaciones eléctricas, se presenta un cortocircuito en la caja de conexión y se genera un conato de fuego, y no hay un extintor cerca o una persona que sepa dónde está y conozca cómo usarlo, si no se atiende, en pocos minutos tendremos una emergencia. Si en un centro comercial se presenta un conato de fuego en el área de tortillería, por una fuga de gas y no hay quien lo controle… si usted viaja en el transporte público y de pronto comienza a salir humo del cofre del autobús por una falla mecánica y éste comienza a incendiarse… ¿usted cree que el chofer tendrá un extintor?
Así se podrían enumerar múltiples incidentes que, al no haber personas responsables y capacitadas para evitarlos o atenderlos, y un protocolo de actuación para desalojar y salvaguardar la integridad física de las personas en riesgo, se convirtieron en emergencias. En materia de incendios, un par de minutos bastan para que un conato se convierta en un fuerte incendio o en una explosión, cuyos saldos pueden ser terribles.
El Artículo 21 de la Ley General de Protección Civil (LGPC) dice con claridad que: “En una situación de emergencia, el auxilio a la población debe constituirse en una función prioritaria de la protección civil, por lo que las instancias de coordinación deberán actuar en forma conjunta y ordenada”; asimismo, señala que: “La primera instancia de actuación especializada corresponde a las Unidades Internas de Protección Civil de cada instalación pública o privada, así como a la autoridad municipal”. Entonces, es muy sencillo saber quién debe hacerse cargo de atender una emergencia dentro de un inmueble o edificio, así como cuál es la autoridad externa que debe prestarle auxilio de manera inmediata.
El artículo 40 de la LGPC establece que los inmuebles e instalaciones fijas y móviles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas deberán contar con un Programa Interno de Protección Civil, y éste deberá ser elaborado, actualizado, operado y vigilado por la Unidad Interna de Protección Civil. ¿En dónde usted trabaja hay quien se haga cargo? ¡Que su semana sea de éxito!
Hugo Antonio Espinosa
Funcionario, Académico y Asesor en Gestión de Riesgos de Desastre
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